El 16 de octubre de 2000 Ariel Bualo mató con un cuchillo de cocina a sus hijos Sebastián (4) y Valentina (2) para vengarse de Adriana García, su exesposa de quien se había separado en el mes de abril, informan los colegas de 0223.com.ar
La mujer ya lo había denunciado en reiteradas oportunidades por violencia y hasta había pedido a la Justicia que supervisara las visitas porque temía que le ocurriera algo a los chicos, pero en todo momento se encontró con la indiferencia. Todos los temores de Adriana se hicieron realidad de la forma más horrible: Bualo, un exvendedor de seguros, se llevó a los nenes a la casa que ocupaba en calle Bouchard al 7200 del barrio Fortunato de la Plaza, en la ciudad de Mar del Plata, los degolló y pasó la noche junto a los cuerpos. Al día siguiente, llamó a la policía y se entregó.
El asesino fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal 3 de Mar del Plata a prisión perpetua por doble homicidio, agravado por el vínculo y la alevosía. Los peritos que evaluaron a Bualo aseguraron que era un "psicópata perverso" y que había premeditado el brutal crimen.
Poco después Adriana demandó al Estado por daños y perjuicios, porque sostenía que si la justicia y la policía hubieran atendido sus pedidos, sus hijos seguirían vivos. Tras varias idas y vueltas del expediente, la demanda llegó a la Suprema Corte y el máximo tribunal de justicia bonaerense le dio la razón. En el fallo, emitido el 28 de noviembre pasado, los magistrados Eduardo J. Pettigini, Eduardo De Lázzari, Héctor Negri, Luis E. Genoud e Hilda Kogan reconocieron que la “incapacidad de apreciar la gravedad del riesgo de la situación en la que se enfrentaba" ella y sus hijitos determinó el fatal desenlace.
Los magistrados hicieron hincapié en el largo e infructuoso camino que hizo Adriana en busca de protección, de ayuda. Allí consta que la mujer había denunciado penalmente a Bualo al advertir que lejos de mermar, “preanunciaban otras (acciones) de mayor gravedad", aunque varias de esas denuncias que hizo hasta mitad del 2000 fueron tomadas como simples exposiciones policiales.
El 15 de junio del 2000, una nueva denuncia derivó en la intervención de la Unidad Fiscal y el Tribunal de Menores 1. Allí la mujer relataba su situación de violencia familiar, golpizas, de la que eran víctimas los tres, daños a su propiedad, conductas sexuales perversas, amenazas y hasta haber sido arrojada de un auto en marcha.
El máximo tribunal provincial también destacó que a pesar de que el Ministerio Público Fiscal estaba al tanto de la situación de violencia que padecía la mujer y sus hijos, las primeras actuaciones se ordenaron recién dos meses más tarde y fueron llevadas adelante por la autoridades policiales. En octubre, previo al asesinato, se convocó a las partes a una audiencia de conciliación y finalmente la causa fue archivada porque la fiscal interviniente consideró que “no se encontraba debidamente acreditada la materialidad de los delitos denunciados”. Ese dictamen -porque el destino siempre puede ser un poco más perverso- fue emitido el mismo día que los cuerpos de los niños fueron hallados sin vida.
“La debida evaluación de la situación podría haber razonablemente evitado lo sucedido. El dictado de una medida de restricción de acercamiento, impedimento de contacto, cese de actos de perturbación, realización de evaluación y/o tratamiento psicoterapéutico o psiquiátrico, son algunas de las diligencias que pudieron adoptarse y que fueron soslayadas. Esas medidas, ya sea en su faz preventiva, represiva, asistencial, etcétera, debieron adoptarse sin la necesidad de esperar un pedido concreto por parte de la actora, los intereses comprometidos así lo imponían”, se señala en un párrafo del fallo.
Asimismo, los jueces admiten que “no se arbitraron los medios necesarios para procurar el cese de la violencia, ni siquiera evitar su acrecentamiento” y, por el contrario, “el accionar resultó deficiente”. “Los hechos oportunamente denunciados debieron ser debidamente investigados, evaluados: evidenciaban una situación de riesgo, una peligrosidad ostensible. Si efectivamente se hubiera procurado salvaguardar la integridad psicofísica de las víctimas, el fatal desenlace podría no haber sucedido”, enfatizaron los miembros del tribunal.
Adriana se enteró el sábado pasado de la decisión de la justicia y dice que la tomó por sorpresa. “Es una demanda que renovábamos cada año pero siempre supe que un segundo en la vida de las personas es un año para la justicia”, contó este lunes en diálogo con 0223.
Desde aquel fatídico 16 de octubre, pasaron 18 años, 1 meses, y 12 días. Durante todo ese tiempo, Adriana revisó una y otra vez qué falló, qué no se hizo para evitar el crimen de Valentina y Sebastián. “Hoy la justicia me dice finalmente que el pedido de protección no fue escuchado y eso me da la tranquilidad para poder seguir adelante, sin seguir buscando en qué me equivoqué y con la certeza de que no hay otra vía que la judicial para resolver estas cuestiones”, sostuvo.
“Hoy –continuó- puedo dejar de buscar en qué me equivoqué porque sé, y la Suprema Corte me avala, que los que no hicieron nada a tiempo fueron los fiscales María de los Ángeles Lorenzo, Carlos Pelliza y Fabián Fernández Garello. No hicieron nada cuando les fui a pedir ayuda. Quizás me faltó ir antes a los medios, hay muchos casos que se resuelven un poco más rápido gracias a la difusión periodística”.
-Después de tanto tiempo, ¿el fallo alcanza a reparar algo?
-He empezado a dormir, ahora puedo descansar.
Fuente información y foto: Gentileza 0223.com.ar
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