Portada  |  03 julio 2025

Cómo tramitar la Asignación por Embarazo

Puede tramitarse sin necesidad de ir a una oficina de Anses.

Actualidad

La Asignación por Embarazo es un beneficio que otorga la Anses a aquellas mujeres embarazadas a partir de la semana 12 de gestación.
Las embarazadas que tienen acceso a este beneficio son:
 
-Personas desocupadas (incluido cónyuge y conviviente)
-Trabajadoras informales (con ingresos inferiores al salario mínimo)
-Monotributistas sociales
-Trabajadoras de casas particulares registradas
-Personas inscriptas en programas sociales
Los requisitos para acceder al beneficio:
-Tener un embarazo de 12 semanas o más.
-Ser argentina o naturalizada y tener DNI. Si es extranjera, tener al menos 3 años de residencia en el país.
-Estar inscripta en el Programa Sumar (excepto monotributistas sociales, personal de casas particulares y desempleadas con cobertura de salud) y cumplir con los controles del embarazo que establece el mismo.
-No tener obra social (excepto monotributistas sociales, personal de casas particulares y desempleadas con cobertura de salud).
Si la embarazada está inscripta en el Programa Sumar y el Ministerio de Salud envió esa información a Anses, la beneficiaria no debe hacer ningún trámite: la asignación se cobra de forma automática.
El monto a cobrar es de $111.141, actualizado al mes de julio 2025.
Todos los meses durante el embarazo se cobra el 80% de la Asignación.
La mujer tiene hasta 12 meses desde la finalización del embarazo (nacimiento/nacimiento sin vida/interrupción) para hacer el trámite y cobrar el 20% acumulado. El hijo también debe estar inscripto al Programa Sumar.
Para cobrar el 20% restante, hay que completar el formulario de Solicitud Asignación por Embarazo Protección Social (PS 2.67) (rubros 1 y 3) y acercarse a una oficina con turno previo.
En caso de no haber recibido el pago en forma automática, acercarse a una oficina con turno previo y presentar la solicitud para recibir esta asignación. Monotributistas sociales, personal de casas particulares o desempleada con cobertura de la obra social activa deben realizar el trámite exclusivamente en forma presencial con turno previo.
Por Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.

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