El diputado nacional de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño presentó un proyecto de ley que busca establecer un régimen específico de protección para quienes adquieren inmuebles en desarrollo, una modalidad de compra inmobiliaria denominada “en pozo” que está creciendo cada vez más vez en el país pero que supone riesgos ante la falta de reglas claras.
La normativa propuesta por el cordobés es complementaria de la Ley de Defensa del Consumidor y está inspirado en las experiencias de países como España, México y Estados Unidos.
El objetivo de esta iniciativa es la protección de los compradores garantizando un marco de transparencia, el uso adecuado de los fondos, y responsabilidad en la ejecución y entrega de las obras, con sanciones efectivas para los desarrolladores inmobiliarios ante incumplimientos en sus obligaciones contractuales.
Entre otros puntos, el proyecto de Agost Carreño establece que los fondos aportados por los compradores solo podrán destinarse a la obra comprometida y no a otras finalidades.
A su vez, obliga a los desarrolladores inmobiliarios a publicar balances anuales auditados por profesionales matriculados, y los obliga a entregar trimestralmente a los compradores un informe sobre el estado de avance de obra, que detalle los plazos de entrega y eventuales demoras en la ejecución.
En tanto, se establece la obligación para los desarrolladores de constituir un Fondo de Garantía, es decir, un seguro de caución equivalente al monto total de los anticipos recibidos, que estará destinado a la devolución de dinero a los compradores en caso de incumplimientos en la entrega de las unidades.
Otro punto importante de la iniciativa es la creación de un Registro Nacional de Desarrolladores Inmobiliarios, que será de inscripción obligatoria para todas las personas humanas o jurídicas que quieran desarrollar proyectos de inversión inmobiliaria.
En cuanto a las sanciones económicas, el proyecto dispone una penalidad por demoras injustificadas respecto a los plazos pautados para la entrega de las unidades.
Esta penalidad consiste en una multa diaria equivalente al 0.1% del valor total del contrato, hasta un máximo del 10% del mismo.
Esta sanción económica se combina con sanciones penales más severas por estafas, lo cual viene de la mano de una propuesta de modificación del Código Penal.
De este modo, se prevé una pena de 2 a 8 años de prisión por perjuicio económico mediante engaño o abuso de confianza.
Para Agost Carreño, "la falta de regulación específica ha permitido que desarrolladores inescrupulosos operen sin controles adecuados, poniendo en riesgo los ahorros y el bienestar de miles de familias".
“El caso de Márquez & Asociados, que dejó a más de 4.000 familias afectadas, mostró lo grave que puede ser operar sin controles claros. No se trata de demonizar esta modalidad, que en muchos casos resulta un mecanismo idóneo para que los argentinos accedan a una vivienda o destinen fondos para invertir", indicó el diputado en los fundamentos del proyecto.
“El espíritu de la presente es establecer reglas que permitan dotar de un marco regulatorio específico que a su vez redunde en mayor seguridad y transparencia para facilitar el control de los compradores y a su vez determinar sanciones claras en casos de incumplimientos”, completó.
Según afirmó, “no se trata de regular por regular” sino de lograr “un mayor control estatal que permita proteger el dinero de los consumidores ante desarrolladores que no cumplen lo pactado”.
“El caso de Márquez y Asociados no es aislado. Existen en Córdoba y el país innumerables casos que empañan el buen hombre y honor de la actividad del buen desarrollador que brinda un servicio de excelencia y este tipo de casos genera confusión y miedo en miles de familias que aspiran a tener su casa propia ahorrando por medio de este tipo de formatos comerciales privados”, concluyó.
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