Según se informó en la cuenta oficial de Twitter de la Casa Rosada, las medidas de prevención rigen para todo el país y se detalla qué actividades están permitidas dependiendo de que se esté en zona de alerta alta, media o baja en cuanto a la circulación epidemiológica.
- Restricciones en toda la Argentina tras el confinamiento de 9 días:
Se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio, de jubilados y de grupos turísticos.
Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
Se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.
- Restricciones en zonas de Alarma Epidemiológica y Sanitaria:
Se suspende la actividad de shoppings y centros comerciales; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados Los ocales comerciales deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles; se prohíben los deportes grupales de contacto al aire libre.
Se suspende la actividad de clubes, gimnasios y establecimientos afines.
Se suspenden los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
Los locales gastronómicos deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente. Luego de las 19:00, podrán continuar bajo las modalidades delivery.
Durante el horario permitido, los bares y restaurantes tendrán que funcionar en los espacios habilitados al aire libre.
Se prohíben las reuniones en domicilios particulares.
Se restringe la circulación entre las 20:00 y las 6:00 de la mañana del día siguiente.
El transporte público se reserva para el uso exclusivo de personal esencial y autorizado.
- Restricciones en zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario:
Rigen las mismas medidas que para las zonas que están en alerta, solo que cambia el límite de horario para los locales gastronómicos y de circulación.
Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00 y no se puede circular desde las 24:00 a las 6:00 del día siguiente.
- Restricciones en zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario:
Son los gobernadores los que pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus.
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