Portada  |  24 marzo 2025

¿Se puede seguir trabajando luego de jubilarse?

Muchas personas, al pensar en obtener su beneficio jubilatorio, o al obtenerlo, se hacen esta pregunta, ya que con el magro ingreso que se obtiene al jubilarse no se puede subsistir económicamente.

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Más de la mitad de las personas que se jubilan, cobran menos de $400.000, muy lejos de la canasta básica de un adulto mayor, que es de $1.200.000 según la Defensoría de la Tercera Edad.
La jubilación es compatible con el empleo privado, es decir que la persona puede seguir trabajando luego de jubilada, pero pierde el derecho a indemnización por los años trabajados hasta que se jubila. Por lo tanto, la nueva fecha de antigüedad a los fines indemnizatorios corre desde la fecha de jubilación.
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Ahora bien, a los 65 años (tanto hombre como mujer) el trabajador puede ser intimado a que se jubile vía telegrama laboral por parte del empleador. En esa instancia, puede el trabajador hacer uso de la opción de seguir trabajando hasta los 70 años, en tal caso, a esa edad volverá a ser intimado por el término de 1 año para que obtenga el beneficio jubilatorio.
Si el trabajador continúa trabajando luego de jubilado, esos aportes no pueden computarse para una mejora jubilatoria futura y pasarán al fondo de desempleo de Anses. NO SE PUEDEN RECLAMAR LUEGO DE DEJAR DE TRABAJAR.
Para el caso de los que trabajan en el Estado Nacional CUALQUIER EMPLEO ESTATAL ES INCOMPATIBLE CON LA JUBILACIÓN CUALQUIERA SEA EL TIPO DE CONTRATACION, COMO ASÍ TAMBIÉN LOS REGÍMENES ESPECIALES O DE INSALUBRIDAD. Es decir que el trabajador indefectiblemente tiene que cesar en su actividad para obtener el beneficio jubilatorio. En ese caso, no habrá retroactivo por cobrar, ya que al momento de que Anses otorga el beneficio, es necesario presentar el cese en la actividad laboral, y a partir de entonces se paga la jubilación.
En todos los casos, es obligación del empleador entregar el certificado de servicios y remuneraciones, documentación necesaria para iniciar los trámites jubilatorios.
Por la Dra. Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.

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