Portada  |  23 junio 2022

Juzgado hizo lugar a pedido de suspensión de vencimientos de Bienes Personales y Ganancias

El juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 12 hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal (Cpcecaba) y dictó una medida interina para que se suspendan los vencimientos de la presentación de las Declaraciones Juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al ejercicio 2021.

Economía

El fallo -firmado por la jueza federal Macarena Marra Giménez- dispone que "atento la proximidad del vencimiento de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas involucradas -para los días 23 a 27 de junio-, y de conformidad con las facultades otorgadas por el art. 4 inc. 1º párrafo 3º de la Ley 26.854, corresponde ordenar como medida interina (...) la suspensión del vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales" establecido por la AFIP.

La medida se produjo en respuesta a una acción de clase presentada por el Consejo porteño y ordena "establecer como objeto procesal de la causa que se ordene a la AFIP-DGI prorrogar el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias-incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas cuyo vencimiento está previsto actualmente para los días 23 a 27 de junio, hasta después de transcurridos sesenta (60) días desde que fueron puestos a disposición los sistemas web necesarios para cumplir dicha labor, es decir a partir del día 12 de julio en adelante".

Fuente: Télam

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