Compete a la Comisión de Juicio Político investigar y dictaminar en las causas de responsabilidad que se intenten contra los funcionarios públicos sometidos a juicio político por la Constitución y los previstos en la ley 24.946 y en las quejas o denuncias que contra ellos se presenten en la Cámara.
Cuando el pedido de remoción se dirige contra un funcionario público no sujeto a juicio político, la Comisión podrá disponer su archivo o remisión al órgano competente.
Esta Comisión reglamentará el procedimiento a seguir en las causas sometidas a su dictamen.
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