Portada  |  19 septiembre 2024

La Corte Suprema rechazó un amparo colectivo contra un reajuste de los jubilados

La Corte Suprema rechazó un amparo que se presentó colectivamente contra los aumentos que se dieron por decreto durante el año 2020, mientras estuvo suspendida la ley de movilidad por la pandemia de Covid 19.

Política

Se trata de un amparo presentado por el Ombusman de la Tercerda Edad, Eugenio Semino, con el patrocinio del Dr. Adrián Rocoli, iniciado en febrero 2020, año en que se dieron aumentos por decreto que resultaron inferiores a la inflación que hubo en el mismo período.
El expediente llevó como demandantes a la jubilada Silvia Inés Lezaun y a la Asociación Civil Años. La pretensión era lograr que se declarara la inconstitucionalidad del decreto 163, en la parte en que fijó un aumento diferencial de los haberes previsionales.
El artículo 4 de esa norma del Poder Ejecutivo dispuso que se aplicara un incremento de 2,3% y que, al resultado obtenido, se le sumara un monto de $1.500. Como consecuencia de ese cálculo, quienes tenían el haber mínimo recibieron una mejora de 12,96% respecto de lo cobrado en febrero de ese año, mientras que el porcentaje era cada vez más reducido a medida que el ingreso era más alto, en consecuencia algunos ni siquiera percibieron ese aumento por su rango de haberes.
A modo de ejemplo, quienes tenían el haber máximo en ese momento recibieron solo un 3,75% de aumento, mientras que los de la mínima recibieron un 11,6%.
En primera instancia, el Juzgado 9 de la Seguridad Social no convalidó la demanda por no encontrarse las partes legitimadas para actuar.
La Defensoría interpuso un recurso "per saltum" para llegar directamente a la Corte Suprema sin pasar por la Cámara de la Seguridad Social, quien en marzo de 2022 había rechazado la apelación interpuesta.
La novedad hoy es que la Corte rechazó directamente hablar sobre el tema.
Cabe aclarar que esto sucedió sobre un amparo colectivo, aun la Corte no se pronunció sobre el tema en los reclamos individuales que se presentaron en particular.
Por la Dra. Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.

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