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Anulan absoluciones a militares por abuso sexual a una aspirante a soldado voluntario en Paraná

La Cámara Federal de Casación Penal anuló hoy la absolución dictada a dos militares en una causa por abuso sexual contra una aspirante a soldado voluntario, durante un festejo de fin de año en un escuadrón de Paraná, Entre Ríos, en 2017 y pidió analizar el caso con "perspectiva de género".
Por Telefe Noticias

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Actualidad: Anulan absoluciones a militares por abuso sexual a una aspirante a soldado voluntario en Paraná

El máximo tribunal penal federal del país justificó la anulación ante la "arbitraria y contradictoria" valoración de la prueba que se hizo en el juicio oral seguido a Juan Manuel Videla y Bruno Acosta, según el fallo firmado hoy

Videla está imputado por abuso sexual, mientras que Acosta por acoso a una inferior. Los camaristas Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Daniel Petrone hicieron lugar a una apelación de la fiscalía y anularon el veredicto absolutorio del Tribunal Oral Federal de Paraná.

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En el caso de Acosta lo condenaron y ordenaron que se fije el monto de pena que deberá cumplir, en tanto que Videla deberá ser sometido a un nuevo juicio oral.

Casación aludió a la necesidad de analizar el caso con "perspectiva de género" y "en resguardo de los derechos de la víctima" y además dejó firme una indemnización por "daño psicológico y moral" a la víctima que deberán pagar el Estado Nacional y un condenado en el caso.

El Tribunal aceptó los argumentos del fiscal ante esa instancia, Raúl Pleé, y concluyó que en el veredicto se observa "la afirmación de un obrar justificado con estereotipos de género en forma genérica, como también, un abordaje del caso de una manera dogmática jurídica al descartar la tipicidad del accionar imputado" y "sin analizar otras posibles intervenciones penalmente relevantes"

El Tribunal Oral Federal de Paraná emitió veredicto el 21 de septiembre de 2022 en relación a la denuncia de la aspirante que narró que el 23 de noviembre de 2017 en " dependencias del Escuadrón de Comunicaciones –Guarnición Ejército Paraná, ante la culminación de un curso NIB (Núcleo de Instrucción Básica) para ingresar como Soldado Voluntaria" fue víctima de abuso "perpetrado por un superior jerárquico Gerardo Elías Rivoldi", quien sí fue condenado en ese debate a tres años de prisión de ejecución condicional.

"La cuestión debió haber sido abordada a partir del hecho descripto, en tanto se juzgan hechos y no calificaciones legales y para ello, además se observa como omitida la evaluación de los dichos de la víctima en su integridad, cuya versión había sido considerada veraz, contundente y de suma relevancia al abordar la responsabilidad del consorte Rivoldi", advirtió Casación.

El fallo está "teñido de arbitrariedad" y por ello "se impone su anulación", "más aún cuando el vicio recayó sobre la omisión de evaluación del testimonio de la víctima, de las restantes evidencias y del contexto en el que se produjo el hecho", concluyeron los magistrados

También recordaron la Convención de Belém do Pará (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer) en base a la cual "es un deber estatal el respeto al derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia tanto en el ámbito público como el privado", además de "que se respeten y protejan sus derechos humanos".

"También corresponde a los magistrados encargados de aplicar la ley, hacerlo con una adecuada capacitación en políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer", remarcó el fallo. (Télam)