El fallo es contundente y declara la "absoluta inconstitucionalidad· de dicho decreto.
El argumento principal es que la jubilada paso de abonar a la empresa de servicios médicos una cuota de $ 81.403 en el mes de diciembre a $151.405, lo que significa un aumento del 85%.
Los haberes jubilatorios de la actora son de $ 323.089 y no tuvieron ningún aumento en el mes de enero 2024, y se prevé que no lo tendrán mínimamente hasta el mes de marzo. Sumado a que la pre pagar ya envió un carta con el aumento del 28% para el mes de febrero.
El fallo considero que el DNU 70/23 le genera a la consumidora un daño al derecho a la salud, a la vida y a la propiedad privada garantizado en los art. 17,42 y 75 inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional.
Finalmente intima a la prepaga en base a una medida cautelar, mientras se resuelva la cuestión de fondo que es la constitucionalidad o no de dicho decreto, cuya fallo debe emitir la Corte Suprema, a que no le cobre al afiliada los aumentos anunciados para e mes de diciembre y enero y para el caso de que los hubiera cobrado, la restitución de dicho dinero.
Por Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.
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