Actualidad
Críticas al fallo judicial que permite a la Policía pedir documentos en la vía pública
La presidenta del Centro de Estudios en Política Criminal (CEPOC), Claudia Cesaroni, advirtió este jueves que "no existe ninguna norma legal" que obligue a los ciudadanos a portar el DNI en la vía pública y criticó a las fuerzas de seguridad por identificar a personas "por su aspecto físico".
La representante de la entidad analizó el fallo que habilita a los policías en Capital a pedir la exhibición del documento de identidad en lugares públicos, facultad que, explicó, "surge de la ley orgánica de la Policía Federal" y ha sido "discutida en muchas ocasiones" por su "carácter discriminatorio, estigmatizante".
En diálogo con radio América, Cesaroni afirmó que "no existe ninguna norma legal que diga que la persona, que nosotros los ciudadanos, estemos obligados a portar los documentos cuando estamos caminando por la calle".
Sin embargo, el fallo permite a los efectivos exigir la exhibición del documento en el marco de operativos de prevención para identificar a los ciudadanos.
Por eso, preguntó: "¿Qué pasa si no lo tenés (el DNI)? La Policía puede conducirte a algún lugar, a una comisaría, una dependencia de la fuerza para completar ese proceso de identificación que no pudo hacer".
Para Cesaroni, el eje central de la discusión radica en los parámetros que utilizan las fuerzas de seguridad para demorar a una persona para su posterior identificación porque, sostuvo, "no lo hacen al azar" como dice el fallo.
"En general identifican a algunas personas por su aspecto físico porque le parecen particularmente sospechosas, porque se viste de determinada manera, porque tienen determinada edad, tienen gorrita, son pibes que andan con mochila, personas humildes", lamentó.
"Hay estándares internacionales de derechos humanos que establecen que una persona no puede ser detenida salvo que haya una orden judicial o está cometiendo un delito", subrayó la titular del
CEPOC, quien consideró que la jurisprudencia del fallo "va acompañando los tiempos políticos".
En esa línea, recordó que la Argentina fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la muerte de Walter Bulacio, el joven que falleció tras ser detenido cuando iba a un recital de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota.
Y vaticinó que a partir del fallo, "muchos casos" llegarán a la Comisión Interamericana.
Por último recomendó a los jóvenes "que lleven documento en el bolsillo", pese a que no tenga una obligación legal, porque consideró: "Un adolescente lo va a pasar mal si no tiene el documento".
"Una vuelta a los edictos policiales"
El legislador porteño del Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) Marcelo Ramal advirtió que la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad que habilita a la Policía Federal a pedir el documento en lugares públicos es una facultad que podrá ser ejercida "con fines persecutorios o, incluso, de extorsión", y consideró que será "un cheque en blanco" para la fuerza de seguridad.
Ramal sostuvo que la justicia porteña le ha dado "contenido" así a la emergencia en seguridad dictada por el Gobierno Nacional.
Para el legislador del FIT, la medida es "un retorno agravado a los tiempos de los edictos policiales" que rigieron en el pasado, sobre todo durante la dictadura.
"La resolución del Tribunal es un cheque en blanco a la Policía, que podrá ser ejercido con fines persecutorios o incluso de extorsión", marcó Ramal en un comunicado de prensa y asoció la medida judicial "a la decisión del macrismo de transferir la Federal a la Ciudad".
El legislador señaló que "esa transferencia debuta con poderes de excepción para la misma (Policía) Federal sospechada de todo tipo de arbitrariedades y atropellos represivos" y concluyó que "de un modo agravado, volvemos a los tiempos de los edictos policiales".
En una decisión dividida, el Tribunal Superior de Justicia porteño estableció que la Policía Federal tiene la potestad de requerir la exhibición del documento de identidad siempre que la medida sea ejercida "razonablemente", tenga por finalidad "prevenir el delito" y no viole una garantía constitucional.