La dra Laura Kalerguiz explica los alcances de la principal de ellas, la que establece que ya no será obligatorio un seguro por el saldo deudor por el pago en cuotas. De todos modos, quien no quiera que se lo cobren, tendrá que dejar expresa constancia de eso.
Otra resolución establece que no habrá cargos adicionales por operaciones hechas por ventanilla.