Fotomulta polémica: Municipalidad de Escobar tildó de "vecino agresor" al hombre que grabó a los agentes

Tras viralizarse un video en Panamericana donde una camioneta de tránsito realiza fotomultas, mientras un cartel móvil de "Máxima 40" está tirado, la Municipalidad de Escobar salió a defender el accionar de los agentes.


27 mar, 2018 10:31
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Actualidad: Fotomulta polémica: Municipalidad de Escobar tildó de "vecino agresor" al hombre que grabó a los agentes

"A raíz del hecho viralizado en redes sociales en el cual un ciudadano increpó durante la jornada de hoy (por el lunes) a un agente municipal por la presencia de un móvil de constatación de infracciones, la Municipalidad de Escobar informa que desde diciembre de 2015 tiene firmado un convenio con la Provincia de Buenos Aires", sostiene un comunicado oficial.

Luego sigue: "En ese marco, con la finalidad de cuidar las vidas de sus ciudadanos y garantizar la seguridad vial de los miles de usuarios de la autopista, ejerce control sobre la Ruta Panamericana, lo cual fue delegado por dicho convenio para las infracciones de exceso de velocidad constatadas por instrumentos automáticos".

"La Municipalidad dispone de las herramientas para prevenir los siniestros de tránsito que tantas muertes provocan, desplegando móviles y cartelería tal como lo indica la ley. En nuestro distrito se colocaron los carteles de velocidad máxima de 130 km/hora, según las normas vigentes", añade el escrito.

Y por último, señala: "Destacamos en todo sentido la actuación del agente municipal, quien velando por el espíritu de cumplir con la prevención evitó de manera constante confrontar con el vecino agresor".

La polémica estalló luego de que un hombre publicó un video en Facebook que muestra a dos agentes de tránsito cuando realizan fotomultas a la altura de Loma Verde, en Panamericana.

En las imágenes se observa la camioneta con un agente que opera la máquina que capta las fotomultas y al lado del móvil se encuentra tirado un cartel de "Máxima 40".

Indignado, el hombre camina varios metros hasta el lugar del vehículo, graba toda la secuencia e increpa a los dos agentes por "robar la plata".

El vecino también se queja porque uno de los empleados municipales no le da respuestas y le pregunta: "¿por qué me está filmando?".

Durante el cruce, el agente dice que el cartel tirado "no es para ruta nacional" y le pregunta al vecino: "¿Usted quién es?"

Qué dice la ley

Durante la discusión el agente no llega a explicar la presencia de un cartel de "Máxima 40" tirado al costado de la camioneta de tránsito, aunque ello de por sí no constituye ninguna violación del accionar, salvo que la señalización estuviera dirigida a advertir la obligación de bajar la velocidad en ese lugar.

Previo a dicho cruce, en el trayecto que camina el hombre que realiza la denuncia en video, no se observa ningún cartel informativo sobre la presencia de un control de velocidad.

Ese requisito figura en la ley provincial de tránsito 13927, en su artículo 28 bis, aunque permite una distancia mayor para dicha señalización. "Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley (Nacional) 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate".

"En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad", establece la norma, para luego seguir: "Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate".

Y por último, ese artículo aclara: "El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago".

Otra denuncia por fotomultas

En las últimas horas apareció otro video en las redes sociales, donde el denunciante critica "la picardía criolla para estafar a los ciudadanos honestos".

La página de Facebook "Don Torcuato y su gente" publicó las imágenes -editadas- en las que se ve cómo un agente de tránsito frena la camioneta y se lleva un cartel que indica "Máxima 60".

De acuerdo con ese vecino, primero hay un cartel que fija la máxima en 80 kilómetros por hora. "A 100 metros" colocan otro que la rebaja a 60 "y a 150 metros está la camionetita con la fotomulta".

"Esa fotomulta la hacen de esta manera, poniendo los cartelitos portátiles. Los levantan, se los llevan, hacen 10 kilómetros más y después c ... a otras personas. Así trabaja el gobierno de la provincia de Buenos Aires", se queja el hombre.

Cabe aclarar que, al margen de lo endeble de los carteles y el debate por la utilidad del control en ese punto específico, no se advierte a simple vista en el video ninguna irregularidad en el accionar del agente de tránsito, ya que cumple con la señalización previa al control de velocidad.