"El nuevo Código Civil elimina la culpabilidad en un divorcio, con lo cual se extingue la obligación de alimentos entre cónyuges", explica la Dra. Laura Kalerguiz. La excepción se produce cuando uno de ellos tenga un enfermedad grave preexistente al divorcio que le impida autosustentarse.
14 dic, 2015 12:28
Actualidad: Las obligaciones, después de un divorcio