Portada  |  22 noviembre 2021

Nuevo fallo a favor de los jubilados: Si Anses no paga una sentencia en término, debe pagar intereses

Las sentencias por juicios de reajustes favorables a los jubilados ordenan los pagos en el término de 120 días, período que casi nunca se cumple, por lo que hay que hacer es una ejecución de sentencia. No es un nuevo juicio, sino que se denuncia en el Juzgado de origen la falta de pago, se presenta una liquidación y una vez aprobada, se cobra vía embargo judicial.

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Por la Dra. Laura Kalerguiz*
La Sala B de la Cámara Federal de Mendoza ordenó en un nuevo fallo (Rastrilla Rosa c/Anses s/ reajuste de haberes) que, por cada día de demora en el pago, a partir del día 121, se apliquen intereses diarios por mora en el pago según la tasa pasiva del Banco Central.
Ya hay un fallo de la Corte Suprema en referencia a este tema: El Caso "Spitalle" donde sostuvo que “la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por el actor, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica en examen, el carácter alimentario de las prestaciones adeudadas y el período de estabilidad del valor de la moneda durante el lapso que corresponde a la deuda reclamada”.
 
Este nuevo fallo de la Cámara de Mendoza, en el cual ya se aplica la jurisprudencia de la Corte Suprema, es de gran importancia en tiempos de inflación, ya que, al aplicar la tasa pasiva -por lo general los fallos ya tienen un índice de interés que se suma al que se debe aplicar por mora utilizando la tasa pasiva del Banco Central-, el jubilado o pensionado que ganó el juicio no pierde contra la inflación a pesar de la espera en el cobro del juicio.
 
En la actualidad, la Anses está liquidando sentencias todos los meses. Este año se calcula que se han puesto al pago cerca de 50.000 (cerca de 3.500 expedientes por mes) que pueden chequearse en la página de Anses www.anses.gob.ar.
 
Sin embargo, muchas veces están mal liquidadas, lo que hace que se deba hacer de toda manera la ejecución de la sentencia, porque si bien Anses pagó, pagó mal, entonces debe reclamarse la diferencia.
Laura Kalerguiz es periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987

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