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Ordenan restituir un menor a su madre, a pesar de la oposición de su abuela

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Dolores confirmó un fallo que había dispuesto la restitución de un menor de edad a su madre, pese a que la abuela materna del niño se oponía.
Por Telefe Noticias

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En base al nuevo Código Civil y Comercial, el tribunal se refirió al interés superior del niño, afectado en el caso por un vínculo madre-hija "que se encuentra fracturado", informa la agencia DyN.

En la apelación, la abuela había considerado que la restitución del menor a la madre no consideró que el niño no tuvo contacto con ésta, que pasó casi un año sin que se vieran y que en dicho contexto se había ordenado la restitución sin tener presente el estado de salud mental de la madre del menor, indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).

Según el tribunal, y de acuerdo con lo acreditado en la causa, "no surge en modo alguno que la progenitora del niño sea inepta para ejercer los derechos que le asisten y cumplir con los correlativos deberes que la responsabilidad parental le impone, en orden a la restitución cautelar ordenada".

"La responsabilidad parental difiere del antiguo concepto de patria potestad, en el sentido que ya no se trata de la idea de los hijos como objeto de protección, sino como sujetos de derecho en desarrollo, inmersos en una realidad que se sustenta en el principio de democratización de la familia y de la concepción de los niños en calidad de sujetos plenos de derechos", destacó la Cámara.

Asimismo, el tribunal destacó que de los testimonios y del informe psicológico ordenados en la causa "emerge que la cuestión medular de la problemática familiar evidenciada, radica en la mala relación entre la actora y la demandada -madre e hija-, y no así en torno a un real y probado mal desempeño de esta última en su rol de madre que justifique o fundamente la pretensión actoril".

"Es decir -añadió- que se desplace el ejercicio de la responsabilidad parental en su manifestación como cuidado personal, de la progenitora a la abuela materna del niño".

"Se ha probado que en modo alguno puede descalificarse, como se dijo, a (la madre) para ejercer su rol materno, o argumentar que el deseo que tiene de recuperar a su hijo está basado en una mera expresión de voluntad subjetiva, sin hechos concretos que lo avalen", señaló.