La decisión fue firmada en mayoría por la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo, integrada por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, mientras que la tercera jueza Dora González consideró que el caso debía pasar a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que definiera el fuero competente.
"Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", Sudera y Vior.
El DNU, publicado el 27 de diciembre pasado, introdujo modificaciones en las leyes laborales referidas a la interpretación de las normas, contratación, jornada laboral, indemnizaciones y actividad sindical. Si bien la vigencia operaba a partir del 30 de diciembre, ahora queda suspendida por la justicia.
En su fallo, la Cámara sostuvo que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.
Asimismo, los magistrados remarcaron que el presidente de la Nación podría haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso si consideraba prioritario el tratamiento de la reforma laboral.
De este modo, al menos transitoriamente, el Poder Judicial pone freno a las reformas anunciadas por el Gobierno en un área sensible como el mundo del trabajo, generando incertidumbre sobre cómo continuará ahora el trámite legislativo de esas iniciativas.
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