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Al divorciarse, se dio por despedida de la empresa de su marido y él le reclamó la mitad de esa indemnización
El curioso caso se produjo en una causa de divorcio de un acaudalado matrimonio, en las que las partes discutían sobre la división de los bienes posterior a la disolución del vínculo.
Uno de los focos de conflicto fue que la mujer, que trabajaba en la empresa en la que su marido tenía el 89 por ciento de las acciones, se consideró despedida cuando se precipitaron las desavenencias familiares.
Entonces obtuvo una indemnización por despido de 300 mil pesos, pero a la hora de disolver la sociedad conyugal, el marido consideró que ese dinero formaba parte de los "bienes gananciales" y, por lo tanto, le correspondía el 50 por ciento a él.
La jueza en lo Civil Victoria Famá, según el fallo publicado por el sitio especializado en jurisprudencia elDial.com, consideró que el despido se produjo en junio de 2011, y la disolución del vínculo matrimonial se concretó el 18 de agosto de ese año, "de modo que es indudable la concomitancia entre la separación de hecho de los cónyuges y la cesantía injustificada de la ex esposa", sostiene el fallo.
"Es dable presumir la relación de causalidad entre la conflictiva conyugal y el distracto laboral de la esposa. Siendo así, en el especial caso que nos ocupa, parece razonable dejar de lado la postura mayoritaria que determina el carácter ganancial de la indemnización laboral obtenida durante la vigencia de la comunidad", opinó la jueza. (DyN)