Actualidad

Autorizan a una mujer a casarse con la hija de su esposo muerto

“La Constitución Nacional garantiza a todo ciudadano el derecho de procurar su propia felicidad, y si una ley impone el parentesco por afinidad como impedimento para contraer matrimonio se menoscaba a estas dos mujeres”, argumentó el Juez de Familia Ricardo Dutto en un fallo divulgado hoy.
Por Telefe Noticias

Autorizan a una mujer a casarse con la hija de su esposo muerto | Actualidad
Actualidad: Autorizan a una mujer a casarse con la hija de su esposo muerto

Un juez de Familia de Rosario autorizó hoy a una mujer a casarse con su hijastra de su misma edad y declaró inconstitucional un artículo del Código Civil y Comercial vigente que impide el matrimonio por “parentesco”.

“La Constitución Nacional garantiza a todo ciudadano el derecho de procurar su propia felicidad, y si una ley impone el parentesco por afinidad como impedimento para contraer matrimonio se menoscaba a estas dos mujeres”, argumentó el Juez de Familia Ricardo Dutto en un fallo divulgado hoy.

Según consta en la sentencia de 27 fojas al que tuvo acceso Télam, ambas mujeres de 33 años presentaron un recurso de “inconstitucionalidad” al artículo 403 del Código Civil y Comercial vigente que “impide” un matrimonio con relación de parentesco en línea recta en todos los grados.

Según consta en el expediente, una de las mujeres -la hija del fallecido- nació en 1983 y su madre murió en enero de 1999.

Posteriormente, en setiembre de 2009, el viudo contrajo matrimonio en segundas nupcias con otra mujer, quien quedó viuda al poco tiempo, en enero de 2010, y ahora está en condiciones de casarse con la hija de su ex pareja.

“La hija y la esposa jamás mantuvieron un vínculo de madrastra e hijastra pero a poco del fallecimiento del hombre se acercaron, se conocieron y nació un gran afecto. Luego, se pusieron de novias y desearon casarse. De hecho, actualmente conviven”, expresa el juez en el fallo en el que ordena al Registro Civil a cumplir con la petición de las demandantes.