En un fallo inédito, la Justicia de Entre Ríos ordenó que el Estado indemnice a una mujer a la que se le había negado realizar un aborto no punible en 2011.
La víctima, identificada como MG, que en ese momento tenía 36 años, sufría una patología cardíaca congénita y tras el parto, tuvo un accidente cerebrovascular, que le provocó una parálisis de la parte izquierda del cuerpo.
Por esto, los jueces consideraron que la provincia deberá pagarle casi medio millón de pesos. La Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia dictada por el juez Civil y Comercial N°7 Martín Furman.
En agosto de 2001, por su patología la mujer tenia un cuadro de deficiencia de oxígeno crónica. Entonces, firmó un consentimiento en un ateneo interdisciplinario en Paraná para interrumpir su embarazo.
Una semana después, cuando se iba a realizar la intervención en el Hospital San Martín, un médico que no trabajaba en la institución amenazó a sus colegas con denunciarlos por lo que no realizaron el aborto.
Por eso, MG continuó con el embarazo y en noviembre fue trasladada de urgencia al Hospital Posadas, donde le hicieron una cesárea. A la semana sufrió un ACV y tuvo una parálisis de la parte izquierda del cuerpo.
La mujer demandó al Estado provincial por los daños. En primera instancia, el juez Furman consideró que los médicos fueron negligentes ya que "al impedir la cirugía, no hicieron todo lo que debieron haber hecho para evitar el daño".
Para Furman, la relación entre el ACV y el hecho de haber impedido la interrupción del embarazo estaba confirmada: "No lo sufrió antes de estar embarazada ni tampoco un año después del parto, sino, insisto, siete días después".
El tribunal de la Cámara Civil y Comercial confirmó la sentencia. Además, reprochó a las autoridades entrerrianas no haberle permitido a la paciente "corregir su patología cardíaca de base y negarle la posibilidad de concretar la ligadura de trompas como medio anticonceptivo lícito sin justificación alguna".