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Fallo establece la cuota alimentaria en 37% de los ingresos del padre
En el marco de un incidente de aumento de cuota alimentaria instado por la madre a favor de sus hijos menores de edad, la Corte Suprema de la Provincia de Mendoza confirmó la sentencia que fija la cuota en el 37% de los ingresos del alimentante más la cobertura separada e integral de los gastos en salud y educación de los menores.
El Tribunal entendió que el monto fijado aparece como prudente y razonable para tres niños de 7 años, que tienen gastos importantes en algunos conceptos por afecciones de salud y por asistir a un colegio de primer nivel en la provincia, máxime si se tiene en cuenta el nivel de vida de los menores, el lugar en el que habitan y el nivel de vida del alimentante, su vivienda, los viajes que realiza, su posición laboral como gerente de siniestros de una importante compañía de seguros y demás circunstancias acreditadas en la causa, "se advierte que la cuota estipulada no resulta irrazonable ni desproporcionada, ni se ha probado que sea excesiva o no pueda ser abonada por el deudor de la obligación", establece el fallo.