La decisión de la Justicia de declarar inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo pasado de acuerdo a la nueva ley de movilidad, y la decisión de aplicar fórmula de movilidad anterior, que se calculó en el 14,5%, sorprendió al gobierno de Mauricio Macri.
Se trata de una resolución de la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en la causa Fernández Pastor Miguel c/ Anses, porque la nueva ley de movilidad fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017 y los jubilados recibieron en marzo el 5,71% que corresponde a la evolución del 70% de inflación y 30% de los salarios del III Trimestre de 2017 cuando debieron recibir la movilidad de la ley anterior – la 26417—de julio hasta el día de la sanción de la nueva ley. Fernández Pastor fue directivo de la Anses hasta 2015 pero la demanda la inició como jubilado, tras ser afectado por la nueva ley.
En cambio, los camaristas declararon constitucional el cambio de la fórmula de movilidad pero aclarando que debe aplicarse hacia delante y no hacia atrás.
Se descuenta que la Anses apelará a la Corte este nuevo fallo de la Cámara que sienta doctrina para millones de jubilados y pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales.