Actualidad

Jujuy: Habilitan a una pareja de mujeres a adoptar a cuatro hermanos de entre 7 Y 11 años

Una pareja de mujeres quedó habilitada por la justicia jujeña a iniciar los trámites para adoptar a cuatro hermanos de entre 7 y 11 años, tras culminar el proceso de guarda con fines de adopción que se había iniciado durante la vigencia del anterior Código Civil.
Por Telefe Noticias

Jujuy: Habilitan a una pareja de mujeres a adoptar a cuatro hermanos de entre 7 Y 11 años | Actualidad
Actualidad: Jujuy: Habilitan a una pareja de mujeres a adoptar a cuatro hermanos de entre 7 Y 11 años

Fuentes judiciales señalaron que la particularidad del caso radica en que se trataba de una guarda con fines de adopción múltiple de los niños de 11, 9, 8 y 7 años, informa la agencia DyN.

El proceso de guarda con fines de adopción comenzó en junio de 2015, a pedido de una pareja constituida por dos mujeres, integrantes de lo que el Código Civil y Comercial de la Nación denomina "unión convivencial".

Si bien la entrega en guarda se concretó a dos meses de comenzar a regir el nuevo Código Civil y Comercial, la vocal de la Sala III del Tribunal de Familia, María Cristina Lakatos, tuvo presente que las aspirantes a adopción eran dos mujeres que conforme constancias e informes de equipos interdisciplinarios convivían desde el 2011.

Lakatos destacó que esa situación constituía, según el nuevo Código Civil, una "unión convivencial".

La magistrada contó con la participación del Equipo Interdisciplinario del Centro Judicial de la ciudad de San Pedro, con psicólogos y trabajadores sociales que analizaron la situación en el mejor interés de estos niños.

El caso, que se encontraba en los supuestos de "adopciones difíciles" por no estar los niños en la preferencia de los pretensos adoptantes por su edad y por ser un grupo de hermanos, obtuvo un aval judicial que permitirá a los niños gozar de una familia, destacaron las fuentes.

Hasta antes de la reforma, el anterior Código Civil sólo permitía la adopción conjunta cuando los adoptantes eran cónyuges.

Ahora, el nuevo Código indica que pueden ser "ambos integrantes de la unión convivencial, sean del mismo o de diferente sexo".