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Procesaron a constructores por el derrumbe de una obra que produjo una muerte
Los constructores responsables de la obra en construcción en la calle Bartolomé Mitre al 1.200, de Capital Federal, que causó el derrumbe de un edificio contiguo y el fallecimiento de un hombre, fueron procesados por el delito "de estrago culposo agravado por la muerte de una persona".
La Sala Cuarta de la Cámara del Crimen confirmó el fallo de primera instancia contra los responsables de la obra, Ezequiel Mariano Rivarola y Susana Verónica Lauría.
Ambos quedaron en camino a un juicio oral en el que podrían ser condenados a penas de entre ocho y 20 años de prisión.
El 4 de noviembre de 2011, un edificio de diez pisos situado en Bartolomé Mitre 1232 colapsó parcialmente y causó la muerte de Isidoro Madueña, quien no pudo salir del lugar previo al derrumbe.
La caída del edificio fue causada, según informes técnicos incorporados al expediente, por las fallas estructurales en la construcción de un edificio contiguo, en Bartolomé Mitre
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"La falta de correspondencia entre la dimensión de los pozos efectuados y aquella que determina como máxima el Código de Edificación (dos metros) se acredita objetivamente a través de las impresiones referidas como también mediante los testimonios de quienes se encontraban presentes en el predio de Bartolomé Mitre y pudieron observar su estado en momentos anteriores al colapso del edificio lindero", explica el fallo.
Rivarola era el proyectista y director de obra, y Lauría estaba designada para sucederlo en esa tarea, según explicaron los camaristas Carlos Alberto González y Alberto Seijas.
"El director de obra cumple una función esencial pues tiene a su mando, precisamente, coordinar y controlar a todos los encargados de llevar a cabo las tareas. En este caso puntual, ese control, debía concretarse en forma extremadamente minuciosa y permanente, pues el edificio lindero tenía una antigüedad mayor a 80 años, su altura era considerable y no se habían podido obtener sus planos municipales", subraya el fallo, al que tuvo acceso DyN.
Esas condiciones "imponían extremar los recaudos al momento de efectuar una tarea tan crítica como la constituyen la excavación y submuración", pero en cambio existió "una modalidad de trabajo caracterizada por un apartamiento de los planos proyectados y de la secuencia allí establecida".
Los jueces destacaron que el arquitecto Rivarola "pocas horas antes del derrumbe se hizo presente en la obra y lejos de censurar lo que se había hecho, procedió a su aprobación".
Su colega Lauría había sido designada por la empresa constructora para suceder a Rivarola en el seguimiento de la obra y, en ese rol, se comprometió como ejecutora estructural y constructora no obstante lo cual ninguna función inherente a estas obligaciones ejerció al respecto", dice el fallo.