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Segundo revés judicial para taxistas en su disputa con Uber
La Sala Séptima del tribunal resolvió de esa manera ante una presentación del titular del Sindicato de Conductores de Taxi de la Capital Federal, José Antonio Ibarra.
El sindicalista pretendía asumir la "representación de todo el colectivo" de conductores de vehículos de alquiler, pero los camaristas Juan Cicciaro y Mariano Scotto desestimaron el planteo.
"Una asociación sindical es una persona jurídica privada y en el ámbito penal no puede representar a sus afiliados si el delito aparece perjudicándolos individualmente", sostiene el fallo.
De ello parece desprenderse que cada taxista, individualmente, debería plantear una querella contra Uber explicando por qué la actividad de esa aplicación de internet lo perjudica.
Además, el fallo recuerda que ya hay otra acción penal similar, también desestimada y actualmente en apelación ante la Sala Quinta de la misma Cámara.
"Se trataría de una denuncia repetida", advirtieron los jueces, al recordar el principio "ne bis in Didem" (no se puede perseguir penalmente más de una vez por un único hecho).
El lunes se conoció el fallo de otro tribunal que desestimó la denuncia penal del sindicato de taxistas contra Uber por considerar que no es delito sino "un entuerto netamente comercial".
Por su parte, el titular del Sindicato de Peones de Taxis, Omar Viviani, advirtió que ese servicio "sigue siendo ilegal" y que el fallo dice que "no es ilegal que una persona maneje un auto de Uber para el Código Penal, pero sí para el Contravencional. Pueden ser 10 días de prisión o una probation, pero además para los directivos de Uber hay un tema con Rentas, que no están pagando".