La renovación deberá realizarse en la misma fecha en la que venció el CUD el año pasado. Por ejemplo, quienes tenían vencimiento en enero de 2025 deben ser renovarlos en enero de 2026.
La vigencia del documento depende del tipo de discapacidad. El plazo se define al momento de su otorgamiento según el cuadro clínico evaluado. En determinados casos se puede obtener el Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento. Esta posibilidad fue establecida por la Resolución 1654/2024 de la ahora ex Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).
Pueden acceder al CUD sin vencimiento:
-Personas que hayan tramitado al menos dos renovaciones previas del certificado.
-Mayores de 60 años con funciones corporales estables durante los últimos cinco años.
-Personas que utilizan equipamiento o dispositivos de forma permanente para preservar funciones vitales.
El grado de invalidez exigido para acceder a una pensión no contributiva (PNC) es distinto al del CUD. Para el certificado, se considera si la discapacidad es leve, moderada o grave. En cambio, para la prestación de la Anses se requiere un 66% de invalidez laboral.
Asimismo, los requisitos de la PNC establecen que los beneficiarios no pueden contar con ingresos de ningún tipo.
Por Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.