Curiosidades
Supermercado debe indemnizar a una tenista jubilada con un viaje a Cancún "all inclusive"
Un fallo de primera instancia condenó a un supermercado mendocino a pagar 45 mil pesos a M B., una docente jubilada "en plena actividad en su faz familiar, doméstica, deportiva y recreativa, presente como madre y como abuela, socia vitalicia del Club Mendoza Regatas, asidua jugadora de tenis, que tomaba clases de acuagym y viajaba con asiduidad", informan los colegas del diario Los Andes.
Un día de viento Zonda, al salir de una sucursal de un súper, a pocos metros de la puerta, sobre la playa de estacionamiento, una ráfaga de viento levantó por el aire un cartel de promociones que estaba en el piso y golpeó a una mujer que, en ese momento, tenía 80 años. Luego de esperar 40 minutos, fue trasladada al hospital Español, donde fue intervenida quirúrgicamente en la rodilla izquierda.
El golpe le dejó como secuela una lesión tendinosa en el miembro inferior izquierdo que le generó limitación en la movilidad del tobillo, impotencia funcional y falta de fuerza muscular en la pierna izquierda.
Los abogados de la tenista amateur apelaron el primer fallo argumentando que la indemnización era insuficiente frente al daño moral sufrido por la mujer "en la esfera espiritual" y también por las secuelas físicas.
Los abogados también argumentaron que "la sentencia hace referencia a los placeres compensatorios como medida del daño moral pero no indica cómo y qué satisfacciones puede procurarse la actora con la suma de $ 20.000 otorgada a la fecha de la sentencia, señalando que ello no podría cubrir ni la mitad del costo de un paquete por pocos días a un destino como el Caribe".
Los camaristas Graciela Mastrascusa y Gustavo Colotto ordenaron al supermercados a pagar 105.000 pesos a la jubilada más intereses del 5% desde el fallo en adelante.
Según los jueces , el daño moral infligido a la víctima es real ya que le produjeron dolores, molestias en su integridad física y sometimiento a prácticas médicas peligrosas, sino que además alteraron gravemente su vida cotidiana y el amplio goce de la vida recreativa que podía desarrollar antes del accidente.
El fallo hace referencia a la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores, que establece el derecho a la dignidad y a la vida en la vejez, estatuyendo el derecho a la recreación, el esparcimiento y el deporte.
"A fin de poder obtener una satisfacción sustitutiva del daño moral producido en la vida de la actora, estimo adecuado concederse un monto que le permita a ella y a un acompañante una estadía en Cancún de unos 7 a 9 días con todo incluido", concluye el fallo, que puede ser apelado.