Economía
Programa Acompañamiento Social: cuáles son las incompatibilidades de gastos y consumos con tarjetas de crédito
El Ministerio de Capital Humano emitió una resolución que establece cuál es el límite de gastos que se pueden realizar por consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y débito y/o billeteras virtuales en los últimos 6 meses, cuyo promedio mensual supere el equivalente al salario mínimo vital y móvil vigente, el cual a partir del 10/24 es de $271.571 ( no hay pautada una suba para el mes de noviembre).
Por Telefe Noticias
Los beneficiarios del Programa de Acompañamiento Social pueden ser:
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Mujeres y hombres mayores de 50 años en condiciones de vulnerabilidad.
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Mujeres con 4 hijos o más menores de 18 años.
El Programa es compatible con:
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La Asignación Universal por Hijo;
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La Asignación Universal por Embarazo para Protección Social;
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Prestaciones económicas, habitacionales o de protección familiar otorgadas por el Estado;
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Prestaciones alimentarias;
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El monotributo social o monotributo categoría A y B;
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El trabajo en casas particulares;
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El trabajo contratado en forma temporaria o trabajo permanente discontinuo;
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El trabajo rural, temporario o estacional;
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El trabajo contratado en el “Programa Puente de Empleo”;
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Un empleo formal registrado bajo relación de dependencia con una remuneración bruta mensual inferior al valor de 1 Salario Mínimo, Vital y Móvil.
El Programa de Acompañamiento Social es incompatible con:
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Ser prófugo de la justicia penal o correccional;
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estar registrado como empleador en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA);
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percibir un subsidio otorgado por el Estado;
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Ser titular de más de 1 bien inmueble;
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Ser titular de 1 automotor, embarcación o aeronave, cuya antigüedad sea menor a 10 años;
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Percibir jubilaciones o pensiones, contributivas y no contributivas;
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Percibir prestación o subsidio por desempleo;
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Tener un empleo en el estado provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal o en organizaciones no gubernamentales;
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Haber viajado al exterior;
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Haber realizado gastos dentro y fuera del país en los últimos 6 meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
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Ser monotributista en la categoría “C” o superiores, o en el régimen de autónomos;
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Haber comprado moneda extranjera.
Por la Dra. Laura Kalerguiz, periodista en Telefe Noticias y abogada previsionalista - Matrícula CPACF T 70 F 987.