Internacionales
Condenaron a prisión a maestra que metió a un alumno en un tacho de basura
Un juez condenó a una maestra del Colegio San Agustín de la ciudad española de Ceuta a un año y tres meses de prisión por introducir a un niño de tres años al que daba clase en un cubo de basura en dos ocasiones.
Durante el jucio, la docente admitió que "reñía o desplazaba a la pared" a los alumnos pero "nunca" daba golpes "en el culo ni tirones de oreja".
Además, argumentó que el menor "daba palizas a los otros niños y se autolesionaba". Y explicó que, al meterlo en el cubo de basura, aplicaba "una técnica pedagógica denominada ´tiempo fuera´", según constan en la sentencia.
Si bien dio credibilidad al testimonio de los compañeros de clase, el magistrado consideró que "no resulta acreditado que la acusada obligase al resto de alumnos a proferir la expresión ‘basura, sucio, basurilla’ cuando realizaba la conducta de introducir al menor en la papelera".
"A excepción de los episodios referentes a la papelera o cubo de basura, no resulta acreditado que la acusada hubiese realizado algún otro tipo de agresión o maltrato a los menores", sostuvo el fallo.
Pero el juez afirmó que "introducir a un menor de cuatro años, persona desvalida y sin posibilidad de defensa, dentro de un cubo o contenedor destinado a papelera o basura y hacer que permanezca en él cinco o seis minutos constituye, incluso aisladamente, un acto degradante y humillante, que claramente atenta al núcleo de su dignidad".
Tras tildar de "injustificada, desproporcionada e innecesaria" el accionar de la maestra, el fallo remarcó que "son precisamente los profesionales de la enseñanza quienes tienen que adoptar en supuestos de agresividad medidas proporcionales y acordes con la pedagogía moderna que sean compatibles con el desarrollo integral del menor como proyecto de persona adulta y evolucionada, y no castigos o actos tan atentatorios contra la dignidad del menor".
Además de la condena a prisión, se le impuso a la docente la inhabilitación especial para el ejercicio de esa profesión en "cualquier centro de enseñanza, sea público o privado" durante un año y tres meses.
También se le impuso a la condenada una restricción de 100 metros del menor "en cualquier lugar donde se encuentre" durante dos años y la obligación de pagar parte de las costas y 2.000 euros en concepto de daños morales. (EFE)