A una alumna del Colegio Mallinckrodt, de la Ciudad de Buenos Aires, le diagnosticaron síndrome de Williams, una condición genética rara, cuando estaba finalizando la sala de 2. A pesar de los trastornos que le produjo en el desarrollo del aprendizaje y los múltiples factores asociados al síndrome, ella siguió adelante con su educación primaria en la modalidad de integración sin mayores complicaciones. Se alfabetizó y finalizó con su mismo grupo de compañeros el ciclo inicial en esa escuela católica.
Pero en 2015, cuando ya cursaba el primer año del secundario, no le otorgaron el certificado de aprobación de estudios primarios, y meses más tarde las autoridades del colegio les hicieron saber a sus padres que no la matricularían para el siguiente ciclo.
La primera cuestión se zanjó con una resolución del Ministerio de Educación porteño que obligó al colegio a expedir el título. La segunda fue por medio de un amparo, donde se ordenó que se realizara la inscripción. Sin embargo, el conflicto persistió y dio lugar a un segundo amparo, esta vez presentado por la Defensoría Pública de Menores e Incapaces, para que la alumna pudiera contar con los apoyos escolares necesarios para poder continuar allí con sus estudios.
Finalmente, el fallo del Juzgado Civil N° 99 dictado el pasado 6 de abril, pero que trascendió ayer, resolvió que el Colegio Mallinckrodt debe respetar el derecho a la educación inclusiva y permitir a la estudiante terminar los estudios en esa institución, además de otorgarle los apoyos docentes exigidos para su aprendizaje y la correspondiente maestra integradora.
La resolución, además, manda a reelaborar un proyecto pedagógico individual (PPI) que "permita el ejercicio a su derecho a una educación inclusiva, con sustento en las capacidades de la joven al momento de su elaboración y teniendo en miras el interés superior, posibilitando así su efectiva participación y adquisición de conocimientos y cesar en las conductas hostiles y de discriminación hacia la menor".