Economía
El Tribunal Superior de Justicia de CABA decidirá sobre la indexación de deudas en el Caso Nizza Davidson
Se debate un punto clave para los inversores en la Ciudad de Buenos Aires.
La empresa Nizza Davidson Ingeniería y Obras SRL ganó un juicio contra la empresa EDESUR por ruptura de contrato, pero la indemnización de USD 2 millones se redujo a USD 100 mil debido a la inflación y la Ley 23.928.
La cuestión en debate es que el artículo 7 de la Ley 23.928 prohíbe la indexación de deudas, lo que impide actualizar el monto de la indemnización por inflación. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires debe decidir si este artículo es inconstitucional.
Esta ley es un recuerdo de los tiempos de la convertibilidad. El artículo 7º de dicha ley, que prohibía la indexación y actualización monetaria de las deudas, fue modificado por la Ley 25.561. Originalmente, establecía que una deuda dineraria se cumplía con la cantidad nominalmente expresada y vedaba la actualización monetaria, la indexación por precios o la repotenciación. Con la modificación, se declaró inconstitucional la prohibición de indexar en casos específicos debido al impacto de la devaluación, y se aplican métodos de ajuste, como el uso del IPC, para preservar el valor real del crédito.
Implicancias
Varios empresarios y parte del mundo letrado sostiene que si esto se declara inconstitucional, se enviaría un mensaje positivo a los inversores y se aumentaría la previsibilidad en cuanto a las indemnizaciones.
La Suprema Corte bonaerense (SCBA) ya declaró inconstitucional el artículo 7 en el caso Barrios.
La decisión del TSJ CABA podría requerir la intervención de la Corte Suprema nacional para unificar criterios. Si la justicia porteña no declara inconstitucional el artículo, CABA podría quedar en desventaja en comparación con la Provincia de Buenos Aires.