La Justicia condenó hoy a seis años de prisión y ordenó la inmediata detención de Eduardo Nadotti, propietario del tradicional boliche de Pinamar "Ku", acusado de facilitar drogas a una mujer que murió de sobredosis en su departamento del barrio porteño de Belgrano en diciembre de 2006.
La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal 6, que hizo lugar al planteo de la fiscal de juicio Gabriela Baigún, quien reclamó elevar la condena que ya se había dictado sobre el empresario.
El 23 de diciembre de 2006, Carolina Demczuk, de 28 años, fue encontrada muerta por una ambulancia del SAME en el palier del edificio donde vivía Nadotti en la calle Húsares, junto al sector en el que se guardaba la basura.
Luego se supo que Carolina Demczuk y Franca Caruso Prahl acudieron al departamento de Nadotti, empresario de la noche y dueño de "Ku", a una fiesta privada en la que los tres habrían consumido cocaína y mantenido relaciones sexuales.
Carolina fue abandonada por el empresario fuera del departamento y él volvió a su domicilio y se deshizo de la droga; y recién después llamó a una ambulancia pero la joven ya había fallecido de sobredosis.
Nadotti ya había sido condenado el año pasado a cuatro años de prisión pero la fiscal Baigún apeló el veredicto: reclamó ocho años de prisión por los agravantes en el hecho y solicitó su inmediata detención.
Ahora, el Tribunal Oral Federal 6 hizo lugar al planteo, condenó a Nadotti a seis años y ordenó su inmediata detención, contemplando como agravante la actitud del acusado.
"En su intento de evadir su responsabilidad respecto de lo sucedido, ello dado que una vez hallada Demczuk inconsciente en su baño la sacó de la bañera, ordenó que se la vistiera, para luego dejarla junto a la restante joven involucrada en el evento, en el pasillo de servicios del edificio, libradas a su suerte y sin brindar ningún tipo de asistencia", se sostuvo.
Y el fallo agregó que "una conducta exigible, en esas circunstancias, hubiera sido al menos la de atender de alguna manera a Carolina Demczuk en su propio domicilio hasta que llegare la asistencia médica".
Se resaltó, en ese sentido, "el desprecio por la vida humana demostrado en el accionar del encausado, al proporcionar desde una situación de poder en relación a las víctimas, una gran cantidad de estupefacientes a personas que justamente sabía adictas, conducta desplegada como ya se señalara en el propio domicilio de Nadotti, quien en definitiva era el único que contaba con los medios para hacer posible la configuración de los tipos penales en juego".
"Dichos extremos fueron los que colocaron a las jóvenes en una situación de vulnerabilidad que fue aprovechada por el imputado a través del intercambio de sexo -dijo el fallo-. Las víctimas resultaron ser dos jóvenes con marcada diferencia de edad en relación a Nadotti, de 44 años de edad al tiempo del hecho, esto es, de 21 y 28 años de edad, dos jóvenes adictas a los estupefacientes que asintieron mantener relaciones sexuales con aquél, a cambio de poder acceder a las sustancias ilícitas que ellas por sus medios no podían conseguir, habida cuenta sus escasos recursos económicos", se resaltó.